En respuesta a las Líneas Pastorales para la Nueva Evangelización que nos presentaba el Bautismo como momento privilegiado de encuentro pastoral con las familias (LPNE 47ss) y viendo la necesidad de lograr una disciplina común en la praxis sacramental indispensable en el marco de una eclesiología de comunión, el Arzobispo de Buenos Aires, los Obispos Auxiliares y los Obispos de Morón, San Isidro, San Justo, Merlo-Moreno, San Martín, San Miguel, Gregorio de la Ferrere, Avellaneda-Lanús y Lomas de Zamora, presentamos a todo el Pueblo de Dios estas Indicaciones Pastorales para que rijan en nuestras Iglesias Particulares, las cuales conforman la Provincia Eclesiástica de Buenos Aires.
Las indicaciones pastorales que presentamos, no significan un retroceso respecto de cuanto se ha avanzado en los últimos años de renovación en la pastoral bautismal, sino que intentan partir de la realidad de nuestro pueblo y asegurar que se ofrezca a todos, al menos, la gracia del acceso a lo esencial de la acción salvífica eclesial, dentro de lo que está, en primer lugar, el Bautismo.
Buenos Aires, 8 de octubre de 2002.
Card. Jorge Mario Bergoglio S.J., arzobispo de Buenos Aires
Mons. Justo Oscar Laguna, obispo de Morón
Mons. Jorge Casaretto, obispo de San Isidro
Mons. Jorge Arturo Meinvielle, obispo de San Justo
Mons. Raúl Omar Rossi, obispo de San Martín
Mons. Fernando María Bargalló, obispo de Merlo-Moreno
Mons. José Luis Mollaghan, obispo de San Miguel
Mons. Rubén Oscar Frassia, obispo de Avellaneda-Lanús
Mons. Agustín Radrizzani, obispo de Lomas de Zamora
Mons. Juan Horacio Suárez, obispo de Gregorio de Laferrère
Mons. Joaquín Mariano Sucunza, obispo auxiliar de Buenos Aires
Mons. Guillermo Rodríguez-Melgarejo, obispo auxiliar de Buenos Aires
Mons. Horacio Benites Astoul, obispo auxiliar de Buenos Aires
Mons. Jorge Eduardo Lozano, obispo auxiliar de Buenos Aires
Mons. José Arturo Gentico, obispo auxiliar de Buenos Aires
Mons. Mario Aurelio Poli, obispo Auxiliar de Buenos Aires
Introducción
En el Bautismo celebramos la paternidad de Dios, que por el don de su Espíritu nos hace hijos en el Hijo, liberándonos del pecado e incorporándonos a su Pueblo, la Iglesia, signo e instrumento de la comunión de los hombres con Dios y de los hombres entre sí.
La iniciativa del Bautismo proviene de Dios, que inspira a los padres cristianos el pedirlo para sus hijos. Aun cuando ellos no sepan dar razones adecuadas, e incluso sin saberlo, están actuando motivados por la libre y amorosa elección de Dios que quiere que ese niño sea hijo suyo en Jesucristo.
Dios, a su vez, les regala una gran disponibilidad interior para recibir el anuncio de la fe: renovar el compromiso del propio Bautismo (LPNE 48-49).
Con todo, en los últimos años se ha venido reduciendo la cantidad de niños que reciben el Bautismo, entre otros, por los siguientes motivos:
- secularización creciente
- extendida ignorancia religiosa
- incremento de parejas en situaciones familiares irregulares
- inadecuado diálogo pastoral con quienes se acercan a solicitarlo
Secretaría Parroquial
La Secretaría Parroquial es el rostro visible de la comunidad para quien se acerca a ella por cualquier motivo. Por eso, es necesario que quien atiende a padres que solicitan el Bautismo para sus hijos, debe tener presente que no se trata de un acto meramente administrativo, sino que constituye un hecho profundamente evangelizador.
Lamentablemente, no son infrecuentes los casos en los que el modo de acogida y el diálogo en la Secretaría, hacen que los padres se retiren con la sensación de que no van a poder bautizar a su hijo, aunque no se les haya negado el Bautismo de un modo explícito.
Entre quienes no participan de un modo habitual de la vida de las comunidades parroquiales, basta con frecuencia una simple imprudencia en el trato o un no saber ubicarse en cómo el otro recibe lo que le decimos para que consideren que no están en condiciones de cumplir algún requisito (vgr. “traer la Libreta de Familia Cristiana”), y de ahí deduzcan que no pueden bautizar a su hijo. Muchas veces, no se animan a aclarar su situación o a pedir alguna explicación. Se retiran, entonces, doloridos y disgustados, convencidos de que quisieron bautizar a su chico, pero que no fueron aceptados o que les pusieron muchas trabas que, para ellos, son sólo burocráticas.
Es necesario, entonces, arbitrar los medios para que ningún padre se retire con la idea que se niega el bautismo a su hijo. Por el contrario debemos motivar a nuestras comunidades para que renueven su capacidad de acogida y revistan de calidez humana y de atención cordial el trato con los que piden el Bautismo y de los que participan de la preparación para el mismo o de su celebración (LPNE 49).
Sería muy conveniente que toda solicitud de Bautismo, pero especialmente cuando haya algún problema, se derive al Párroco u otro sacerdote que colabore con él.
Preparación de Padres y Padrinos
La comunidad parroquial deberá ayudar a padres y padrinos a tomar conciencia y asumir su responsabilidad en la educación cristiana del niño que será bautizado.
A su vez, instrumentará las iniciativas que le permitan asumir ese compromiso, en los casos en que no sea posible tener la certeza de que dicha tarea será asumida por aquellos.
Debemos tener en cuenta que quienes se acercan a pedir el Bautismo para un hijo, están dando un paso muy importante, que requiere ser delicadamente valorado, apreciado y resaltado, en cuanto expresión de la religión de nuestro pueblo (LPNE 49).
En la perspectiva de una comunidad parroquial evangelizadora y misionera, esta solicitud de los padres constituye un acercamiento sumamente valioso que compromete una correspondiente acogida por parte de la comunidad, que deberá asumir la paciente tarea de ir ofreciendo a los padres y padrinos el kerigma, la evangelización y la catequesis que pudiere faltarles sin que el tiempo que demore este proceso implique diferir el sacramento indefinidamente.
No podemos olvidar que tanto la vida humana como la vida cristiana, son un don gratuito y misericordioso de Dios y que esta última lo es, además, en virtud de la voluntad salvífica universal manifestada en la Encarnación del Verbo y merecida por el Misterio Pascual de Cristo.
Es necesario, entonces, diversificar los modos de realizar la catequesis pre-bautismal y facilitar el cumplimiento de esta obligación para que cumpla realmente con su finalidad pastoral y no se torne algo incordiante o un impedimento práctico para la realización del Bautismo solicitado.
La catequesis bautismal debe ser revisada en sus contenidos y en su método, para adecuarlos a las condiciones de vida de padres y padrinos, de manera que éstos la perciban como un camino atrayente para renovar el propio compromiso bautismal.
También debemos revisar nuestras celebraciones para que aparezcan como la fiesta cristiana de la vida.
Elección de los padrinos
Es necesario asumir el hecho de que cuando los padres han ofrecido a alguien ser padrino y el mismo ha aceptado, les resulta muy violento sustituirlo, aun cuando posteriormente descubran que no reúne los requisitos eclesialmente solicitados para desempeñar este ministerio.
Por lo demás, en las actuales circunstancias, los padrinos, de hecho, desempeñan más bien un rol social y, salvo excepciones, no suelen concebirse a sí mismos como educadores o garantes del crecimiento en la vida cristiana de sus ahijados.
Esto nos ha de llevar a una paciente educación acerca del padrinazgo, recurriendo al uso de los Medios de Comunicación Social de alcance masivo. Hasta tanto ello se logre, debemos adoptar una praxis transitoria, cuyo objetivo es evitar que se difiera indefinidamente o que se impida el Bautismo en razón de los padrinos.
Mientras se lleva a cabo tal educación acerca de la misión de los padrinos, las insuficiencias que éstos presenten tendrán que ser suplidas por el dinamismo evangelizador y catequístico de la comunidad cristiana parroquial, a la que le corresponderá suplir cuanto falte.
Es una realidad a tener en cuenta, que en los sectores sociales más humildes y particularmente en los casos de migrantes y de madres solteras, se hallan graves dificultades para conseguir padrinos y que en algunos casos, por un pudor natural, no suelen manifestarlo con facilidad. De hecho, muchos Bautismos son diferidos y a veces por muchos años, por no conseguir padrinos o que aquellos cumplan con los requisitos exigidos.
Tiempos de la preparación
Es necesario insistir con mayor frecuencia y énfasis, en que los niños recién nacidos han de ser bautizados “lo antes posible”, lo cual implica anticipar las iniciativas de preparación catequística de padres y padrinos a los meses del embarazo.
Orientaciones particulares
1.a. Capacitar a los Secretarios Parroquiales para que brinden una peculiar acogida a las personas que se acercan para solicitar el Bautismo de sus hijos, contagiándoles el gozo de la comunidad por haberse acercado a solicitarlo (LPNE 48 - 49).
1.b. Indicarles que deben hacer cuanto sea posible para facilitar un encuentro personal entre quienes solicitan el Bautismo, con el Párroco u otro sacerdote de la Parroquia. Este encuentro será imprescindible en los casos de uniones civiles, padres separados, madres solteras, hijos en proceso de adopción, padrinos que no reúnen algún requisito y demás situaciones particulares (PA 29 – 32; CIC 530, 1). Habrán de tomar en todos los casos, debida nota de los datos personales, de manera de poder efectuar un seguimiento pastoral hasta cerciorarse de que el niño ha sido bautizado.
2.a. Debe haber esperanza fundada de que el niño va a ser educado en la fe católica (CIC 868,1).
2.b. Desde el momento que se han acercado para solicitar el bautismo, ha de suponerse, salvo evidencias en contrario, que existe una buena disposición para educar en la fe.
2.c. Cuando la garantía falte por completo por parte de los padres, se han de procurar padrinos que garanticen dicha educación.
2.d. Cuando se verifica alguna situación especial, el Párroco habrá de arbitrar los modos sobre cómo la comunidad cristiana suplirá las eventuales carencias, por cuanto el Bautismo es administrado a los infantes en virtud de la “fe de la Iglesia”.
2.e. No puede negarse, por lo tanto, el Bautismo, a los hijos de madres solteras, de uniones civiles, de divorciados con un nuevo vínculo o de personas alejadas de la práctica de la vida cristiana. Cuando sea posible, se ofrecerá facilitar la regularización que están viviendo.
3.a. Es necesario informar acerca de la importancia de la misión del padrino y la madrina como “mayor en la fe” y las condiciones que es necesario reunir para desempeñar esta misión (CIC 874).
3.b. Cabe recordar que la disciplina de la Iglesia requiere tan solo que “en la medida de lo posible se ha de dar un padrino” al niño que reciba el Bautismo (CIC 872).
3.c. En aquellas situaciones en las que los padres ya han elegido como padrinos a personas que no reúnen las condiciones pedidas por la Iglesia el Párroco debe actuar con extrema delicadeza, paciencia, caridad pastoral, de manera tal que esta circunstancia nunca derive en una postergación indefinida o negación del Bautismo solicitado.
3.d. En casos de pública incongruencia de la vida del padrino con la fe, para evitar la no administración del Bautismo, el candidato propuesto será aceptado en calidad de testigo como acontece con los cristianos no católicos (CIC 874, 2).
3.e. Las excepciones canónicas previstas han de darse con facilidad (vgr, edad del padrino).
4.a. Los padres deben acudir al Párroco, en lo posible antes del nacimiento de su hijo para pedir el sacramento para él y prepararse debidamente (CIC 867, 1).
4.b. En el transcurso de la preparación, los padres y padrinos serán debidamente instruidos sobre el significado del sacramento y sobre las obligaciones que lleva consigo.
4.c. Esta catequesis habrá de ser atrayente, didáctica, acogedora, concisa y kerigmática.
4.d. La preparación habrá de adaptarse a las posibilidades reales de los padres y padrinos en lo que a horarios y modalidad se refiere, sin descartarse el realizarla en el domicilio de ellos, de manera que nunca se niegue o difiera mucho el Bautismo por este motivo.
4.e. Tal preparación, en casos particulares, puede realizarse con ocasión de la homilía de la celebración bautismal, unida a una catequesis en la que se explicite el significado de los ritos, especialmente cuando los padres ya han bautizado a otros hijos.
4.f. Para aprovechar mejor el potencial evangelizador de la celebración bautismal se puede ofrecer la participación en un catecumenado para padres, el que siempre deberá ser optativo.
4.g. En los casos en que se haya realizado el Bautismo con una preparación que convenga ser completada, el Párroco podrá designar algún miembro de la comunidad para que la prosiga mediante visitas periódicas dentro del espíritu del itinerario catequístico permanente.
5. Es necesario acrecentar en el Pueblo de Dios una viva conciencia de que los niños han de ser bautizados lo antes posible, en las primeras semanas posteriores al nacimiento (CIC 867, 1) y se ha de procurar que no se les imponga un nombre ajeno al sentir cristiano (CIC 855).
6.a. Cabe dar el máximo de solemnidad a la Liturgia de la celebración bautismal para que su carácter festivo y participativo constituya un hecho evangelizador (LPNE 49).
6.b. Es conveniente que haya lectores, ayudantes, cantores, animadores, ostiarios, y quienes desempeñen los diversos ministerios necesarios para que la celebración sea digna y fructuosa, y hagan presente la comunidad eclesial que recibe a los que son bautizados.
6.c. Es conveniente que, de vez en cuando, los Bautismos se celebren en alguna misa dominical para manifestar que el Bautismo inserta en una comunidad eclesial completa y culmina en la recepción de la Eucaristía.
6.d. Se ofrecerán horarios variados y flexibles para la celebración de los Bautismos, lo que permita a cada familia adecuarse a sus posibilidades reales.
6.e. El número de los bautizandos nunca deberá ser excesivo, sino aquel que permita una participación atenta y religiosa.
6.f. Ha de darse preferencia a la celebración en común del sacramento (SC 27), sin perjuicio de admitir la celebración “individual” en circunstancias particulares.
6.g. La pila bautismal es el lugar privilegiado para la administración del sacramento y, en consecuencia, habrá de ser arreglada y destacada convenientemente.
6.h. Deberá cuidarse la calidad del certificado o constancia del Bautismo, de manera que el mismo manifieste significativamente la importancia de este sacramento y sirva de recuerdo del día en que lo recibimos y ayude a celebrar esa fecha como la fiesta del comienzo de la liberación integral en Cristo (LPNE 50).
7.a. El lugar normal para la celebración del Bautismo es la Parroquia correspondiente al domicilio de los padres (CIC 857, 2).
7.b. Sin embargo, conviene evitar toda rigidez jurisdiccional de modo que los padres sientan respetada su libertad de elección con justa causa (por ej.: pertenencia a una institución, asistencia dominical a esa Parroquia, lugar del matrimonio de los padres o del Bautismo de otros hijos, relación con el ministro que allí se desempeña).
7.c. En nuestras diócesis no se exigirán permisos o pases entre Parroquias para la realización de Bautismos.
7.d. Se extenderán permisos o pases con facilidad cuando sean solicitados por Parroquias o Santuarios de otras Diócesis, sin desligarse quien lo extiende, de su propia responsabilidad pastoral de realizar la preparación catequística.
7.e. Por su parte, la pastoral sacramental de los Santuarios habrá de destacar y potenciar el sentido de pertenencia de los fieles a sus Parroquias.
7.f. En los Hospitales y Sanatorios sólo podrá administrarse el “agua del socorro”, explicando a los padres que es verdadero Bautismo y que están moralmente obligados a completar la celebración en la Parroquia.
7.g. Es responsabilidad de quien administró el “agua del socorro”, que el niño sea presentado en la Iglesia para completar los Ritos, como así también que el Bautismo sea debidamente registrado en los libros parroquiales de la jurisdicción donde se administró.
7.h. No se pueden celebrar Bautismos en Capillas de Colegios u otras instituciones.
8.a. En razón de la importancia de este sacramento, se recomienda vivamente que en cada Parroquia, dentro del marco más amplio de la pastoral familiar, se forme un equipo para la pastoral del Bautismo.
8.b. Este equipo deberá asumir los ministerios de acogida cordial, visitas domiciliarias, preparación catequética, recepción de padres y padrinos, la animación y los cantos en la celebración litúrgica y el seguimiento post-bautismal.
8.c. El mismo equipo, habrá de buscar los modos más adecuados para fomentar entre los fieles la celebración festiva en cada aniversario del propio bautismo.
8.d. Además, buscará de implementar diversas formas de seguimiento post-bautismal de las familias, como visitas a las casas, bendición del hogar, celebración del aniversario del Bautismo, misa anual de los bautizados, misión o Círculos de la Virgen, mensajes de Pascua, Navidad, y Fiestas Patronales, invitaciones para participar de actividades o instituciones de la Parroquia, itinerario catequístico familiar permanente, etc.
9. Cuanto precede habrá de ser observado para el Bautismo de niños, es decir, infantes que aún no hayan cumplido los siete años (CIC 852, 2).
Cuando el niño tenga edad de jardín de infantes, será conveniente que se le brinde una preparación, aunque mínima, dentro de su capacidad de comprender.
10. Estas normas pastorales no contemplan todos los aspectos de la disciplina sacramental del Bautismo, por lo tanto deben completarse con las normas que sobre el tema ha dispuesto la Iglesia a nivel universal (CIC 849-878) y deben aplicarse en el espíritu de las mismas.
Las indicaciones pastorales que presentamos, no significan un retroceso respecto de cuanto se ha avanzado en los últimos años de renovación en la pastoral bautismal, sino que intentan partir de la realidad de nuestro pueblo y asegurar que se ofrezca a todos, al menos, la gracia del acceso a lo esencial de la acción salvífica eclesial, dentro de lo que está, en primer lugar, el Bautismo.
Buenos Aires, 8 de octubre de 2002.
Card. Jorge Mario Bergoglio S.J., arzobispo de Buenos Aires
Mons. Justo Oscar Laguna, obispo de Morón
Mons. Jorge Casaretto, obispo de San Isidro
Mons. Jorge Arturo Meinvielle, obispo de San Justo
Mons. Raúl Omar Rossi, obispo de San Martín
Mons. Fernando María Bargalló, obispo de Merlo-Moreno
Mons. José Luis Mollaghan, obispo de San Miguel
Mons. Rubén Oscar Frassia, obispo de Avellaneda-Lanús
Mons. Agustín Radrizzani, obispo de Lomas de Zamora
Mons. Juan Horacio Suárez, obispo de Gregorio de Laferrère
Mons. Joaquín Mariano Sucunza, obispo auxiliar de Buenos Aires
Mons. Guillermo Rodríguez-Melgarejo, obispo auxiliar de Buenos Aires
Mons. Horacio Benites Astoul, obispo auxiliar de Buenos Aires
Mons. Jorge Eduardo Lozano, obispo auxiliar de Buenos Aires
Mons. José Arturo Gentico, obispo auxiliar de Buenos Aires
Mons. Mario Aurelio Poli, obispo Auxiliar de Buenos Aires
Introducción
En el Bautismo celebramos la paternidad de Dios, que por el don de su Espíritu nos hace hijos en el Hijo, liberándonos del pecado e incorporándonos a su Pueblo, la Iglesia, signo e instrumento de la comunión de los hombres con Dios y de los hombres entre sí.
La iniciativa del Bautismo proviene de Dios, que inspira a los padres cristianos el pedirlo para sus hijos. Aun cuando ellos no sepan dar razones adecuadas, e incluso sin saberlo, están actuando motivados por la libre y amorosa elección de Dios que quiere que ese niño sea hijo suyo en Jesucristo.
Dios, a su vez, les regala una gran disponibilidad interior para recibir el anuncio de la fe: renovar el compromiso del propio Bautismo (LPNE 48-49).
Con todo, en los últimos años se ha venido reduciendo la cantidad de niños que reciben el Bautismo, entre otros, por los siguientes motivos:
- secularización creciente
- extendida ignorancia religiosa
- incremento de parejas en situaciones familiares irregulares
- inadecuado diálogo pastoral con quienes se acercan a solicitarlo
Secretaría Parroquial
La Secretaría Parroquial es el rostro visible de la comunidad para quien se acerca a ella por cualquier motivo. Por eso, es necesario que quien atiende a padres que solicitan el Bautismo para sus hijos, debe tener presente que no se trata de un acto meramente administrativo, sino que constituye un hecho profundamente evangelizador.
Lamentablemente, no son infrecuentes los casos en los que el modo de acogida y el diálogo en la Secretaría, hacen que los padres se retiren con la sensación de que no van a poder bautizar a su hijo, aunque no se les haya negado el Bautismo de un modo explícito.
Entre quienes no participan de un modo habitual de la vida de las comunidades parroquiales, basta con frecuencia una simple imprudencia en el trato o un no saber ubicarse en cómo el otro recibe lo que le decimos para que consideren que no están en condiciones de cumplir algún requisito (vgr. “traer la Libreta de Familia Cristiana”), y de ahí deduzcan que no pueden bautizar a su hijo. Muchas veces, no se animan a aclarar su situación o a pedir alguna explicación. Se retiran, entonces, doloridos y disgustados, convencidos de que quisieron bautizar a su chico, pero que no fueron aceptados o que les pusieron muchas trabas que, para ellos, son sólo burocráticas.
Es necesario, entonces, arbitrar los medios para que ningún padre se retire con la idea que se niega el bautismo a su hijo. Por el contrario debemos motivar a nuestras comunidades para que renueven su capacidad de acogida y revistan de calidez humana y de atención cordial el trato con los que piden el Bautismo y de los que participan de la preparación para el mismo o de su celebración (LPNE 49).
Sería muy conveniente que toda solicitud de Bautismo, pero especialmente cuando haya algún problema, se derive al Párroco u otro sacerdote que colabore con él.
Preparación de Padres y Padrinos
La comunidad parroquial deberá ayudar a padres y padrinos a tomar conciencia y asumir su responsabilidad en la educación cristiana del niño que será bautizado.
A su vez, instrumentará las iniciativas que le permitan asumir ese compromiso, en los casos en que no sea posible tener la certeza de que dicha tarea será asumida por aquellos.
Debemos tener en cuenta que quienes se acercan a pedir el Bautismo para un hijo, están dando un paso muy importante, que requiere ser delicadamente valorado, apreciado y resaltado, en cuanto expresión de la religión de nuestro pueblo (LPNE 49).
En la perspectiva de una comunidad parroquial evangelizadora y misionera, esta solicitud de los padres constituye un acercamiento sumamente valioso que compromete una correspondiente acogida por parte de la comunidad, que deberá asumir la paciente tarea de ir ofreciendo a los padres y padrinos el kerigma, la evangelización y la catequesis que pudiere faltarles sin que el tiempo que demore este proceso implique diferir el sacramento indefinidamente.
No podemos olvidar que tanto la vida humana como la vida cristiana, son un don gratuito y misericordioso de Dios y que esta última lo es, además, en virtud de la voluntad salvífica universal manifestada en la Encarnación del Verbo y merecida por el Misterio Pascual de Cristo.
Es necesario, entonces, diversificar los modos de realizar la catequesis pre-bautismal y facilitar el cumplimiento de esta obligación para que cumpla realmente con su finalidad pastoral y no se torne algo incordiante o un impedimento práctico para la realización del Bautismo solicitado.
La catequesis bautismal debe ser revisada en sus contenidos y en su método, para adecuarlos a las condiciones de vida de padres y padrinos, de manera que éstos la perciban como un camino atrayente para renovar el propio compromiso bautismal.
También debemos revisar nuestras celebraciones para que aparezcan como la fiesta cristiana de la vida.
Elección de los padrinos
Es necesario asumir el hecho de que cuando los padres han ofrecido a alguien ser padrino y el mismo ha aceptado, les resulta muy violento sustituirlo, aun cuando posteriormente descubran que no reúne los requisitos eclesialmente solicitados para desempeñar este ministerio.
Por lo demás, en las actuales circunstancias, los padrinos, de hecho, desempeñan más bien un rol social y, salvo excepciones, no suelen concebirse a sí mismos como educadores o garantes del crecimiento en la vida cristiana de sus ahijados.
Esto nos ha de llevar a una paciente educación acerca del padrinazgo, recurriendo al uso de los Medios de Comunicación Social de alcance masivo. Hasta tanto ello se logre, debemos adoptar una praxis transitoria, cuyo objetivo es evitar que se difiera indefinidamente o que se impida el Bautismo en razón de los padrinos.
Mientras se lleva a cabo tal educación acerca de la misión de los padrinos, las insuficiencias que éstos presenten tendrán que ser suplidas por el dinamismo evangelizador y catequístico de la comunidad cristiana parroquial, a la que le corresponderá suplir cuanto falte.
Es una realidad a tener en cuenta, que en los sectores sociales más humildes y particularmente en los casos de migrantes y de madres solteras, se hallan graves dificultades para conseguir padrinos y que en algunos casos, por un pudor natural, no suelen manifestarlo con facilidad. De hecho, muchos Bautismos son diferidos y a veces por muchos años, por no conseguir padrinos o que aquellos cumplan con los requisitos exigidos.
Tiempos de la preparación
Es necesario insistir con mayor frecuencia y énfasis, en que los niños recién nacidos han de ser bautizados “lo antes posible”, lo cual implica anticipar las iniciativas de preparación catequística de padres y padrinos a los meses del embarazo.
Orientaciones particulares
1.a. Capacitar a los Secretarios Parroquiales para que brinden una peculiar acogida a las personas que se acercan para solicitar el Bautismo de sus hijos, contagiándoles el gozo de la comunidad por haberse acercado a solicitarlo (LPNE 48 - 49).
1.b. Indicarles que deben hacer cuanto sea posible para facilitar un encuentro personal entre quienes solicitan el Bautismo, con el Párroco u otro sacerdote de la Parroquia. Este encuentro será imprescindible en los casos de uniones civiles, padres separados, madres solteras, hijos en proceso de adopción, padrinos que no reúnen algún requisito y demás situaciones particulares (PA 29 – 32; CIC 530, 1). Habrán de tomar en todos los casos, debida nota de los datos personales, de manera de poder efectuar un seguimiento pastoral hasta cerciorarse de que el niño ha sido bautizado.
2.a. Debe haber esperanza fundada de que el niño va a ser educado en la fe católica (CIC 868,1).
2.b. Desde el momento que se han acercado para solicitar el bautismo, ha de suponerse, salvo evidencias en contrario, que existe una buena disposición para educar en la fe.
2.c. Cuando la garantía falte por completo por parte de los padres, se han de procurar padrinos que garanticen dicha educación.
2.d. Cuando se verifica alguna situación especial, el Párroco habrá de arbitrar los modos sobre cómo la comunidad cristiana suplirá las eventuales carencias, por cuanto el Bautismo es administrado a los infantes en virtud de la “fe de la Iglesia”.
2.e. No puede negarse, por lo tanto, el Bautismo, a los hijos de madres solteras, de uniones civiles, de divorciados con un nuevo vínculo o de personas alejadas de la práctica de la vida cristiana. Cuando sea posible, se ofrecerá facilitar la regularización que están viviendo.
3.a. Es necesario informar acerca de la importancia de la misión del padrino y la madrina como “mayor en la fe” y las condiciones que es necesario reunir para desempeñar esta misión (CIC 874).
3.b. Cabe recordar que la disciplina de la Iglesia requiere tan solo que “en la medida de lo posible se ha de dar un padrino” al niño que reciba el Bautismo (CIC 872).
3.c. En aquellas situaciones en las que los padres ya han elegido como padrinos a personas que no reúnen las condiciones pedidas por la Iglesia el Párroco debe actuar con extrema delicadeza, paciencia, caridad pastoral, de manera tal que esta circunstancia nunca derive en una postergación indefinida o negación del Bautismo solicitado.
3.d. En casos de pública incongruencia de la vida del padrino con la fe, para evitar la no administración del Bautismo, el candidato propuesto será aceptado en calidad de testigo como acontece con los cristianos no católicos (CIC 874, 2).
3.e. Las excepciones canónicas previstas han de darse con facilidad (vgr, edad del padrino).
4.a. Los padres deben acudir al Párroco, en lo posible antes del nacimiento de su hijo para pedir el sacramento para él y prepararse debidamente (CIC 867, 1).
4.b. En el transcurso de la preparación, los padres y padrinos serán debidamente instruidos sobre el significado del sacramento y sobre las obligaciones que lleva consigo.
4.c. Esta catequesis habrá de ser atrayente, didáctica, acogedora, concisa y kerigmática.
4.d. La preparación habrá de adaptarse a las posibilidades reales de los padres y padrinos en lo que a horarios y modalidad se refiere, sin descartarse el realizarla en el domicilio de ellos, de manera que nunca se niegue o difiera mucho el Bautismo por este motivo.
4.e. Tal preparación, en casos particulares, puede realizarse con ocasión de la homilía de la celebración bautismal, unida a una catequesis en la que se explicite el significado de los ritos, especialmente cuando los padres ya han bautizado a otros hijos.
4.f. Para aprovechar mejor el potencial evangelizador de la celebración bautismal se puede ofrecer la participación en un catecumenado para padres, el que siempre deberá ser optativo.
4.g. En los casos en que se haya realizado el Bautismo con una preparación que convenga ser completada, el Párroco podrá designar algún miembro de la comunidad para que la prosiga mediante visitas periódicas dentro del espíritu del itinerario catequístico permanente.
5. Es necesario acrecentar en el Pueblo de Dios una viva conciencia de que los niños han de ser bautizados lo antes posible, en las primeras semanas posteriores al nacimiento (CIC 867, 1) y se ha de procurar que no se les imponga un nombre ajeno al sentir cristiano (CIC 855).
6.a. Cabe dar el máximo de solemnidad a la Liturgia de la celebración bautismal para que su carácter festivo y participativo constituya un hecho evangelizador (LPNE 49).
6.b. Es conveniente que haya lectores, ayudantes, cantores, animadores, ostiarios, y quienes desempeñen los diversos ministerios necesarios para que la celebración sea digna y fructuosa, y hagan presente la comunidad eclesial que recibe a los que son bautizados.
6.c. Es conveniente que, de vez en cuando, los Bautismos se celebren en alguna misa dominical para manifestar que el Bautismo inserta en una comunidad eclesial completa y culmina en la recepción de la Eucaristía.
6.d. Se ofrecerán horarios variados y flexibles para la celebración de los Bautismos, lo que permita a cada familia adecuarse a sus posibilidades reales.
6.e. El número de los bautizandos nunca deberá ser excesivo, sino aquel que permita una participación atenta y religiosa.
6.f. Ha de darse preferencia a la celebración en común del sacramento (SC 27), sin perjuicio de admitir la celebración “individual” en circunstancias particulares.
6.g. La pila bautismal es el lugar privilegiado para la administración del sacramento y, en consecuencia, habrá de ser arreglada y destacada convenientemente.
6.h. Deberá cuidarse la calidad del certificado o constancia del Bautismo, de manera que el mismo manifieste significativamente la importancia de este sacramento y sirva de recuerdo del día en que lo recibimos y ayude a celebrar esa fecha como la fiesta del comienzo de la liberación integral en Cristo (LPNE 50).
7.a. El lugar normal para la celebración del Bautismo es la Parroquia correspondiente al domicilio de los padres (CIC 857, 2).
7.b. Sin embargo, conviene evitar toda rigidez jurisdiccional de modo que los padres sientan respetada su libertad de elección con justa causa (por ej.: pertenencia a una institución, asistencia dominical a esa Parroquia, lugar del matrimonio de los padres o del Bautismo de otros hijos, relación con el ministro que allí se desempeña).
7.c. En nuestras diócesis no se exigirán permisos o pases entre Parroquias para la realización de Bautismos.
7.d. Se extenderán permisos o pases con facilidad cuando sean solicitados por Parroquias o Santuarios de otras Diócesis, sin desligarse quien lo extiende, de su propia responsabilidad pastoral de realizar la preparación catequística.
7.e. Por su parte, la pastoral sacramental de los Santuarios habrá de destacar y potenciar el sentido de pertenencia de los fieles a sus Parroquias.
7.f. En los Hospitales y Sanatorios sólo podrá administrarse el “agua del socorro”, explicando a los padres que es verdadero Bautismo y que están moralmente obligados a completar la celebración en la Parroquia.
7.g. Es responsabilidad de quien administró el “agua del socorro”, que el niño sea presentado en la Iglesia para completar los Ritos, como así también que el Bautismo sea debidamente registrado en los libros parroquiales de la jurisdicción donde se administró.
7.h. No se pueden celebrar Bautismos en Capillas de Colegios u otras instituciones.
8.a. En razón de la importancia de este sacramento, se recomienda vivamente que en cada Parroquia, dentro del marco más amplio de la pastoral familiar, se forme un equipo para la pastoral del Bautismo.
8.b. Este equipo deberá asumir los ministerios de acogida cordial, visitas domiciliarias, preparación catequética, recepción de padres y padrinos, la animación y los cantos en la celebración litúrgica y el seguimiento post-bautismal.
8.c. El mismo equipo, habrá de buscar los modos más adecuados para fomentar entre los fieles la celebración festiva en cada aniversario del propio bautismo.
8.d. Además, buscará de implementar diversas formas de seguimiento post-bautismal de las familias, como visitas a las casas, bendición del hogar, celebración del aniversario del Bautismo, misa anual de los bautizados, misión o Círculos de la Virgen, mensajes de Pascua, Navidad, y Fiestas Patronales, invitaciones para participar de actividades o instituciones de la Parroquia, itinerario catequístico familiar permanente, etc.
9. Cuanto precede habrá de ser observado para el Bautismo de niños, es decir, infantes que aún no hayan cumplido los siete años (CIC 852, 2).
Cuando el niño tenga edad de jardín de infantes, será conveniente que se le brinde una preparación, aunque mínima, dentro de su capacidad de comprender.
10. Estas normas pastorales no contemplan todos los aspectos de la disciplina sacramental del Bautismo, por lo tanto deben completarse con las normas que sobre el tema ha dispuesto la Iglesia a nivel universal (CIC 849-878) y deben aplicarse en el espíritu de las mismas.